Autoconsulta a los pueblos indígenas

Autoconsulta a los pueblos indígenas

Es un proceso legitimo, por el cual un pueblos discute sus proble­mas prioritarios y toma posición frente a ellos como pueblo indí­gena, no como una junta directiva o una asamblea de representan­tes de comunidades, sino como pueblo, hombres y mujeres, jóve­nes, adultos y ancianos.

¿Porque la Auto consulta se vuelve una herramienta a favor del movimiento indígena?

En primer lugar los diferentes gobiernos que han asumido la di­rección del Estado han eludido de muchas maneras y las obliga­ciones surgidas de la suscripción y ratificación del Convenio OIT 169, como es el caso de consultar a los pueblos indígenas todo asunto de su interés por considerar que pueda afectarles.

En segundo Lugar, actualmente se tiene aprobada una ley de con­sulta a nivel del Congreso, pero el Poder Ejecutivo la ha observa­do y aún no ha sido promulgada.

¿En qué derechos se fundamenta la Auto consulta?

En primer lugar en el artículo 89° de la Constitución establece que las comu­nidades son autónomas en lo referente al uso, libre disposición de sus tierras en lo administrativo y en lo económico.

Asímismo, El numeral 1º del artículo 7° del Convenio OIT N° 169 sobre Pueblos Indíge­nas y Tribales en Países Independientes, establece que los pueblos interesados de­berán tener el derecho de decidir sus pro­pias prioridades en lo que atañe el proceso de desarrollo, en la medida en que este afec­te a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocu­pan o utilizan de alguna manera, y de con­trolar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural.

El articulo 3° que establece que los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determina­ción.- En virtud de ese derecho determinan libremente su condición y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural, dentro de las limitaciones estableci­das en el artículo 46° del instrumento inter­nacional mencionado.

¿Que Pueblo ha realizado la auto consulta en la Amazonia?

El Pueblo Achuar de las cuencas del Pastaza, Huituyacu, Manchari, Huasaga y Setuchi ha realizado el 06 de Junio del 2010 la Autocon­sulta en las 37 comunidades afiliadas a la Federación Nacional Achuar del Peru - FENAP.

Los puntos tratados por la autoconsulta Achuar fueron:

  • La comunidad está a favor de requerir al Estado Peruano el reconocimiento de la propiedad de su territorio ancestral considerando la integridad de sus recursos naturales, tanto del suelo, sub suelo y vuelo forestal y sobre los recursos o fuentes de agua existentes en el territorio indigena
  • La comunidad está a favor de que en el territorio ances­tral Achuar comprendido alrededor de las cuencas del Pastaza, Morona, Huasaga, Huituyacu, Mancha­ri, Setuchi y Anas no opere ninguna concesi6n pe­trolera o minera que afecte Ia vida, la salud y la paz del Pueblo Achuar
  • La comunidad está a favor de se retire del territorio an­cestral Achuar comprendido por los totes 64 y 101 la empresa petrolera Talisman

En la cuencas del Huasaga, Manchari y Pastaza la poblacion apoyo unanimemente las tres propuestas por 707 votos contra 0 votos en cada propuesta votada, en tanto en las cuencas de Huituyacu y Setuchi Ia votacion fue de un promedio de 722 votos a favor de las tres propuestas contra 2 votos.

¿Como pueden utilizarse los resultados de la auto consulta?

  • Primero como fundamento objetivo de la posición de todo un pueblo, comunidad por comunidad.
  • Segundo como elemento a considerar por parte del Estado y sus sectores antes de planificar concesiones o cualquier ini­ciativa legal, administrativa o de inversión que pueda afectar­les.

 

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